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Streamers no se salvarán de una minuciosa regulación en España

Los “podcasters” famosos tampoco podrán evitar estar bajo el control del Estado

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El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital de España dio a conocer que con la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA), los streamers deberán inscribirse en el Registro Estatal de Prestadores del Servicio de Comunicación Audiovisual, a la par de las plataformas audiovisuales.

Eso quiere decir que las exigencias que separaban a los streamers y a las plataformas audiovisuales se acortarán o desaparecerán por completo.

Entonces, los streamers que comparten contenido a través de plataformas como YouTube o Twitch, con su registro en dicho procedimiento, serán regulados en su actividad.

Aunque, estos streamer no estarán obligados a comunicarlo de forma previa al inicio de la actividad, sino que pasarán a formar parte del Registro una vez su actividad como ‘influencer’ se haya vuelto de relevante o de mucho interés para la audiencia

“Se debería aclarar si se prevé la existencia de prestadores de ámbito autonómico bajo el control de las autoridades de supervisión de las Comunidades Autónomas”, indicó un representante de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), quienes han realizado un informe sobre el Borrador del Real Decreto que regula el Registro Audiovisual.

Con esto se refieren a definir si el Registro Audiovisual diferenciará por regiones en base al alcance del “influencer” o “streamer”.

Esto se debe a que no todos estos usuarios de especial relevancia tienen el mismo alcance y, por tanto, su importancia puede variar dependiendo de si es conocido en una Comunidad Autónoma o región concreta, o a nivel nacional o, incluso, internacional.

Así mismo, la CNMC señala que también se deberían clasificar de forma separada los prestadores de contenido asociados al vídeo de los que solo utilizan audio, para “tener un conocimiento preciso del sector” según el tipo de servicio.

Otros en la mira

Sí, también se tendrán que registrar los “podcasters” más relevantes.

La CNMC también ha indicado que se deberían definir mejor algunas cuestiones que afectan a este contenido.

En concreto, hace referencia a la obligación de registrarse porque la producción del podcast está establecida en España y a la situación de los pódcast que se producen fuera de España pero prestan servicios aquí.

En conclusión, aseguran que la Ley Audiovisual pretende que los ‘streamers’ estén mejor definidos y, por tanto, pueda regular sus actividades comerciales como las campañas publicitarias.

Así como el contenido que se comparte, de cara a evitar contenido prejudicial para la audiencia y fomentar el respeto y los valores constitucionales.

Descargo Responsabilidad

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